hola estela, soy abogado litigante y tratare de sacarte de dudas.
Primeramente para saber en que régimen estas casada, en la misma acta de matrimonio viene señalado el régimen bajo el cual te casaste, lo mas probable es que te hayas casado bajo el régimen de sociedad conyugal, mal llamados bienes mancomunados, y lo pienso asi, porque si no sabes en que régimen te casaste, significa que o no te preguntaron o tu y tu esposo no precisaron bajo que régimen patrimonial querían contraer matrimonio, y de ser asi, la ley da por sentado que los contrayentes prefieren el régimen de sociedad conyugal, jamas se da por entendido que se prefiere el de separación de bienes, a menos que los contrayentes lo señalen con claridad.
Esto no es nada raro, ya que la mayoría de los contrayentes ignoran las características de uno y otro régimen y eso, aunado al romanticismo que rodea esos momentos por lo general, hace que la pareja piense que todo sera compartido entre dos y asi sera para siempre.
En el caso de que tu estes casada por el régimen de sociedad conyugal, tanto tu como tu esposo, tienen derecho al 50% cada uno de todos los bienes que se adquieran durante la duración de la sociedad conyugal, salvo en casos de herencias o legados que estan exentos de esta obligación y permanecen íntegramente en propiedad del heredero.
Asi mismo las deudas por cobrar que tengan los contrayentes antes del matrimonio y que se cobren durante el mismo, también estan exentas de la partición citada.
Cualquier otro bien adquirido durante la sociedad conyugal, mueble e inmueble, SI es un bien compartido entre los cónyuges, sea quien sea el comprador.
En el caso de la Separación de Bienes, el asunto es mas sencillo:
simple y llanamente cada quien es dueño de lo suyo antes, durante, y después del matrimonio, sin la obligación de entregar porcentaje alguno al cónyuge, solo se compartirán los bienes que expresamente se adquieran a titulo de copropiedad, es decir si compran una casa por ejemplo, solo serian dueños ambos si en la escritura correspondiente aparecen ambos con ese carácter, de lo contrario solo sera dueño el que lleve a efecto la operación.
Espero haberte ayudado, para cualquier duda, quedo a tus ordenes en el siguiente correo, [email protected], o [email protected], sin costo alguno por supuesto.
Observa tu acta de matrimonio y en ella se plasma el régimen matrimonial bajo el cual se celebró la unión, en caso de estar casada bajo el regimén de sociedad conyugal tienes derecho al 50% de los bienes adquiridos mientras hayan estado casados y si estás casada bajo el régimen de separación de bienes, cada quien conserva lo que haya adquirido durante el matrimonio.
Simplemente tienes que leer tu acta de matrimonio, ahí dice bajo que régimen se casaron. Si fue por sociedad conyugal (no se dice bienes mancomunados) entonces los dos son propietarios al 50% de los bienes que se adquieren DURANTE EL MATRIMONIO, salvo que exista alguna otra disposición den las capitulaciones matrimoniales. Si se casaron por separación de bienes, cada quien conserva la propiedad de los bienes que adquieran aún dentro del matrimonio
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hola estela, soy abogado litigante y tratare de sacarte de dudas.
Primeramente para saber en que régimen estas casada, en la misma acta de matrimonio viene señalado el régimen bajo el cual te casaste, lo mas probable es que te hayas casado bajo el régimen de sociedad conyugal, mal llamados bienes mancomunados, y lo pienso asi, porque si no sabes en que régimen te casaste, significa que o no te preguntaron o tu y tu esposo no precisaron bajo que régimen patrimonial querían contraer matrimonio, y de ser asi, la ley da por sentado que los contrayentes prefieren el régimen de sociedad conyugal, jamas se da por entendido que se prefiere el de separación de bienes, a menos que los contrayentes lo señalen con claridad.
Esto no es nada raro, ya que la mayoría de los contrayentes ignoran las características de uno y otro régimen y eso, aunado al romanticismo que rodea esos momentos por lo general, hace que la pareja piense que todo sera compartido entre dos y asi sera para siempre.
En el caso de que tu estes casada por el régimen de sociedad conyugal, tanto tu como tu esposo, tienen derecho al 50% cada uno de todos los bienes que se adquieran durante la duración de la sociedad conyugal, salvo en casos de herencias o legados que estan exentos de esta obligación y permanecen íntegramente en propiedad del heredero.
Asi mismo las deudas por cobrar que tengan los contrayentes antes del matrimonio y que se cobren durante el mismo, también estan exentas de la partición citada.
Cualquier otro bien adquirido durante la sociedad conyugal, mueble e inmueble, SI es un bien compartido entre los cónyuges, sea quien sea el comprador.
En el caso de la Separación de Bienes, el asunto es mas sencillo:
simple y llanamente cada quien es dueño de lo suyo antes, durante, y después del matrimonio, sin la obligación de entregar porcentaje alguno al cónyuge, solo se compartirán los bienes que expresamente se adquieran a titulo de copropiedad, es decir si compran una casa por ejemplo, solo serian dueños ambos si en la escritura correspondiente aparecen ambos con ese carácter, de lo contrario solo sera dueño el que lleve a efecto la operación.
Espero haberte ayudado, para cualquier duda, quedo a tus ordenes en el siguiente correo, [email protected], o [email protected], sin costo alguno por supuesto.
Hola
Observa tu acta de matrimonio y en ella se plasma el régimen matrimonial bajo el cual se celebró la unión, en caso de estar casada bajo el regimén de sociedad conyugal tienes derecho al 50% de los bienes adquiridos mientras hayan estado casados y si estás casada bajo el régimen de separación de bienes, cada quien conserva lo que haya adquirido durante el matrimonio.
Saludos.
En el acta de matrimonio viene.
Simplemente tienes que leer tu acta de matrimonio, ahí dice bajo que régimen se casaron. Si fue por sociedad conyugal (no se dice bienes mancomunados) entonces los dos son propietarios al 50% de los bienes que se adquieren DURANTE EL MATRIMONIO, salvo que exista alguna otra disposición den las capitulaciones matrimoniales. Si se casaron por separación de bienes, cada quien conserva la propiedad de los bienes que adquieran aún dentro del matrimonio
no se