hola,
Estoy en Colombia y quisiera APRENDER a realizar contratos de compraventa, quisiera saber donde puedo encontrar la ley de los contratos, o las estipulaciones, con las mínimas clausulas que debe tener y sus respectivos requisitos.
Gracias.
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https://sfpya.edomexico.gob.mx/recaudacion/PDF/Con... este es un ejemplo de contrato
Elementos del contrato de compraventaCosa: objeto, notaria, en oposición a los derechos creados sobre él y a las prestaciones personales. Son bienes o derechos que estén dentro del comercio.
Precio: significa valor pecuniario en que se estima algo, valor que se pide por una cosa o servicio. Sus condiciones deben ser: cierto, verdadero, en numerario y justo.
Personas o partes: el vendedor, que es la persona física o jurídica que transfiere la propiedad, y el comprador, quien es quien la adquiere.
Formales: regularmente los contratos de compraventa no se otorgan por escrito, ya que la ley no requiere tal formalidad; sin embargo, en la práctica es habitual que el consentimiento se plasme en un documento privado que sirva de prueba. Hay excepciones en diferentes ordenamientos jurídicos, por ejemplo para el caso de bienes inmuebles, o ciertos otros contratos que se obligan a realizar por escrito, expresa o tácitamente.
Invalidez: la capacidad, en donde el principio general dice que toda persona capaz de disponer de sus bienes puede vender y toda persona capaz de obligarse puede comprar; y el consentimiento, que se refiere a que haya un acuerdo de las partes que recaiga sobre el precio y la cosa.
[editar] Efectos del contrato de compraventa[editar] Obligaciones del vendedorTransmitir la propiedad o título de derecho.
Conservar el bien objeto de la compraventa hasta su entrega.
Entregar la cosa.
Garantizar al adquiriente una posesión útil.
Garantizar al comprador una posesión pacífica.
Responder a la evicción.
Responder de los vicios y defectos ocultos que tenga la cosa
[editar] Obligaciones del compradorPagar el precio.
Pagar intereses en caso de demora o de compraventa con precio aplazado.
Recibir la cosa comprada.
[editar] Modalidades especiales de la compraventaCompraventa con reserva de dominio: es aquella en que la transferencia del dominio queda sujeta a una condición suspensiva que puede consistir en el pago del precio o cualquier otra lícita. No es reconocida por todos los ordenamientos jurídicos.
Compraventa a plazo (en abonos): es aquella en que el vendedor, por un lado, realiza la transferencia de la propiedad, y por otro el comprador, se obliga a realizar el pago fraccionado en un determinado número de cuotas periódicas.
Compraventa ad gustum (al gusto): es aquella que está sometida a la condición futura e incierta de superar una prueba o degustación que permita averiguar si la cosa posee la calidad expresa o tácitamente convenida.
Compraventa con pacto de preferencia: es aquella en la que se establece, para el comprador, la obligación de permitir, en caso de futura venta, que una determinada persona adquiera la cosa, con prioridad sobre el resto de eventuales compradores. Igualmente, el comprador estará además obligado a informar al beneficiario del pacto de preferencia sobre la puesta en venta del bien.
Compraventa con pacto de retroventa: es aquella en que se atribuye al vendedor un derecho subjetivo, por el que puede recuperar la cosa vendida. Cabe añadir que la finalidad económica de esta figura gira en torno a la posibilidad de que el vendedor adquiera liquidez suficiente, con la futura esperanza de recuperar la cosa. De ahí que existan grandes facilidades para simular una compraventa con pacto de retroventa, tratándose realmente de un préstamo garantizado.
Compraventa con pacto comisorio.
Compraventa con arras.
cada pais tiene sus propias leyes, pero si consultas en --contratos de autos , propiedades, u otros, elegi lo que queres, y leelos , las caracteristicas generales son todas iguales, pero lo mas importante es saber el estado del dominio, de lo que vas a comprar. y a partir de ese momento informar al registro de tu tramite en curso, dado que el vendedor, luego de vendertelo , puede venderlo a otros, pero informando al registro ya lo dejan, apartado, por un tiempo, que es tambien lo que tenes que consultar.no es necesario firmar ante un escribano, pero si lo haces, mejor, por las dudas.