Por ley no pasa nada a manos de nadie. La casa es de tu papá, aún fallecido y forma parte de la masa hereditaria. Si al morir no dejó testamento tienen que iniciar el juicio intestamentario, a efecto de que se haga un reconocimiento y declaración de herederos y se designe al albacea que representará la sucesión. Si la casa es el unico bien, podrán solicitar se autorice la venta y se reparta el dinero entre los herederos.
Hay que iniciar un juicio de intestado para que el juez determine quien tiene derecho a la parte que le tocaba al fallecido.
Después de dictar sentencia en favor de el o los herederos en este caso puede ser solamente tu mama o ambos.
Después se acude ante un Notario Publico donde el protocoliza las constancias judiciales para hacer una escritura a nombre de los herederos. Eso se inscribe en el Registro Publico de la Propiedad que le corresponda.
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Se puede vender una casa intestada, pero deberá iniciar un juicio sucesorio intestamentario.
Legalmente, existe una opción denominada Venta de Derechos Sucesorios, que consiste en que una vez que hayan sido nombrados los herederos y se determine la porción o porcentaje que a cada uno le toca, los mismos podrán vender esos derechos a quien quiere comprar la propiedad, para que a su vez este comprador continúe los trámites sucesorios, hasta que se le adjudique la casa.
Somos abogados especialistas en juicios intestados.
Si hay testamento solo se hace la aplicación de bienes
si no hubo testamento hay que hacer un juicio de sucesión intestamentaria en el se nombrará un heredero o herederos se aplica el bien inmueble y se vende
Al hablar de un intestado infieres ke no hay testamento vdd? x tanto la casa no puede pasar a nombre de nadie hasta ke se lleve a cabo un juicio intestamentario.
Para ello presenta tu demanda ante el Juzgado Civil competente, una vez ke se termine el juicio podras inscribir dicha propiedad ante el Registro Publico y escriturar, para ke sea reconocida como suya, y x fin vender.
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Por ley no pasa nada a manos de nadie. La casa es de tu papá, aún fallecido y forma parte de la masa hereditaria. Si al morir no dejó testamento tienen que iniciar el juicio intestamentario, a efecto de que se haga un reconocimiento y declaración de herederos y se designe al albacea que representará la sucesión. Si la casa es el unico bien, podrán solicitar se autorice la venta y se reparta el dinero entre los herederos.
Por ley así nada mas No pasa a nombre de nadie.
Hay que iniciar un juicio de intestado para que el juez determine quien tiene derecho a la parte que le tocaba al fallecido.
Después de dictar sentencia en favor de el o los herederos en este caso puede ser solamente tu mama o ambos.
Después se acude ante un Notario Publico donde el protocoliza las constancias judiciales para hacer una escritura a nombre de los herederos. Eso se inscribe en el Registro Publico de la Propiedad que le corresponda.
Después de eso la puedes vender a quien quieras.
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Se puede vender una casa intestada, pero deberá iniciar un juicio sucesorio intestamentario.
Legalmente, existe una opción denominada Venta de Derechos Sucesorios, que consiste en que una vez que hayan sido nombrados los herederos y se determine la porción o porcentaje que a cada uno le toca, los mismos podrán vender esos derechos a quien quiere comprar la propiedad, para que a su vez este comprador continúe los trámites sucesorios, hasta que se le adjudique la casa.
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Si hay testamento solo se hace la aplicación de bienes
si no hubo testamento hay que hacer un juicio de sucesión intestamentaria en el se nombrará un heredero o herederos se aplica el bien inmueble y se vende
antes de eso no se puede vender LEGALMENTE
Hola
Como te han dicho arriba, se requiere iniciar el intestado y por ley queda a nombre tanto de tu mamá como de los hijos de tu papá.
Te dejo abajo un link con la información completa.
Saludos.
Al hablar de un intestado infieres ke no hay testamento vdd? x tanto la casa no puede pasar a nombre de nadie hasta ke se lleve a cabo un juicio intestamentario.
Para ello presenta tu demanda ante el Juzgado Civil competente, una vez ke se termine el juicio podras inscribir dicha propiedad ante el Registro Publico y escriturar, para ke sea reconocida como suya, y x fin vender.
Denunciar el juicio intestamentario y pasarìa a ser de los dos; el 75 por cierto para tu mama y el 25 por ciento tuyo.
Una vez hechas las escrituras a su nombre ya pueden vender.