Los Colorantes Sintéticos son colorantes orgánicos obtenidos por síntesis química. Los colorantes sintéticos actualmente permitidos por la legislación alimentaria son todos ellos productos solubles en agua. Se presentan en su forma pura en forma de polvo y para colorear se disuelven previamente o se dispersa el polvo en el producto. Cubren toda la gama de colores ya que se pueden mezclar entre ellos para obtener los distintos tonos. Los colorantes sintéticos puros poseen una pureza del 80-90%. El porcentaje restante son productos que provienen del proceso de fabricación, en su mayoría sales inorgánicas, y sus cantidades máximas están fijadas en las especificaciones de la CEE. Por ello los colorantes sintéticos poseen una calidad uniforme que facilita su aplicación y garantiza que la tonalidad sea siempre la misma y que los colorantes empleados carezcan de efectos toxicológicos. CONACERT® MEZCLAS. A partir de los Colorantes Sintéticos CONACERT® ofrecemos nuestras mezclas estándar. Legislación: Antes de utilizar cualquier colorante en productos alimenticios debe consultarse la legislación vigente para determinar qué tipo de colorantes están autorizados para un producto concreto, la legislación europea en vigor está recogida en la Directiva 9436CE (DOCE l23713-29 del 100994) , su transposición al BOE se encuentra en el Real Decreto 200195 (BOE 19 del 22196) y su corrección de errores (BOE 52 del 290296). Observaciones: las cartas de colores que se adjuntan son únicamente una orientación acerca de las tonalidades de los colorantes, el tono final dependerá de la dosis, del producto en que se aplica y del proceso. Proquimac Food & Pharma ofrece a sus clientes la posibilidad de desarrollar productos específicos que se adapten a la tonalidad requerida por el cliente. La cantidad mínima para mezclas especiales es de 25 kg. El envasado estándar es de 25 kg para los colorantes sintéticos y de 20 o 25 kg para las lacas alumínicas dependiendo de la densidad del producto.
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Los Colorantes Sintéticos son colorantes orgánicos obtenidos por síntesis química. Los colorantes sintéticos actualmente permitidos por la legislación alimentaria son todos ellos productos solubles en agua. Se presentan en su forma pura en forma de polvo y para colorear se disuelven previamente o se dispersa el polvo en el producto. Cubren toda la gama de colores ya que se pueden mezclar entre ellos para obtener los distintos tonos. Los colorantes sintéticos puros poseen una pureza del 80-90%. El porcentaje restante son productos que provienen del proceso de fabricación, en su mayoría sales inorgánicas, y sus cantidades máximas están fijadas en las especificaciones de la CEE. Por ello los colorantes sintéticos poseen una calidad uniforme que facilita su aplicación y garantiza que la tonalidad sea siempre la misma y que los colorantes empleados carezcan de efectos toxicológicos. CONACERT® MEZCLAS. A partir de los Colorantes Sintéticos CONACERT® ofrecemos nuestras mezclas estándar. Legislación: Antes de utilizar cualquier colorante en productos alimenticios debe consultarse la legislación vigente para determinar qué tipo de colorantes están autorizados para un producto concreto, la legislación europea en vigor está recogida en la Directiva 9436CE (DOCE l23713-29 del 100994) , su transposición al BOE se encuentra en el Real Decreto 200195 (BOE 19 del 22196) y su corrección de errores (BOE 52 del 290296). Observaciones: las cartas de colores que se adjuntan son únicamente una orientación acerca de las tonalidades de los colorantes, el tono final dependerá de la dosis, del producto en que se aplica y del proceso. Proquimac Food & Pharma ofrece a sus clientes la posibilidad de desarrollar productos específicos que se adapten a la tonalidad requerida por el cliente. La cantidad mínima para mezclas especiales es de 25 kg. El envasado estándar es de 25 kg para los colorantes sintéticos y de 20 o 25 kg para las lacas alumínicas dependiendo de la densidad del producto.
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