En virtud de que se la ha solicitado por diversos medios y en múltiples ocasiones el pago de su crédito 5470469416344513Santander en las cuales se les ofrecieron el pago de su crédito antes mencionado en las cuales se le ofrecieron diferentes alternativas de pago sin recibir respuesta alguna para indicarnos los motivos por los que no liquida su oblación. Hemos tomado la decisión de solicitar a nuestra área de INVESTIGACIÓN PATRIMONIAL para una INSPECCIÓN EXTRAJUDICIAL el la dirección que de acuerdo a su contrato usted designo como su RESIDENCIA LEGAL esto para CERTIFICAR SU ARRAIGO Y UBICAR LOS DIFERENTES BIENES INMUEBLES Y MUEBLES ( MANEJE AUTOS ETC ) que podrían ser señalados en la proxima DILIGENCIA DE CERTIFICACIÓN PATRIMONIAL con el fin de garantizar el pago del adeudo. Como puede ver aun cuando no estén a su nombre los bienes la carga de la prueba estaría en su contra ya que esto tendría que hacerlo valer mediante una tercería excluyente de dominio posterior a la diligencia QUE NO LE QUEDE NINGUNA DUDA, SE AGOTARAN TODOS LOS RECURSOS NECESARIOS PARA RECUPERAR EL ADEUDO estamos seguros que ha dimensionado las consecuencias de si indiferencia, sin embargo le informamos que la practica de un juicio mercantil lo podría llevar a tener que garantizar hasta con TRES VECES MAS EL MONTO DE SU ADEUDO así mismo la ley contempla diversas medidas de apremio para el cumplimiento de que su negativa persista. Es así que le sugerimos nos evita la aplicacion de las figuras jurídica correspondientes
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a mi parecer este escrito es intimidatorio ya que ellos están dando patadas de ahogado dejame explicarte mas o menos como funcionan las cosas primero si tu solicitas una tarjeta de crédito pones como referencia tus ingresos monetarios al igual que los créditos de nomina si por " x " motivo no pagas legalmente se procedería al embargo o garantía del mismo o sea tus ingresos monetarios ahora bien si tu crédito fuese hipotecario entonces se irían sobre la casa o terreno que pusiste como garantía y para poder hacerlo tendrían que iniciar un juicio civil y obtener una orden del juez donde ordenare el embargo precautorio de tus bienes lo cual veo difícil para que esto suceda deben pasar varios años de proceso desgraciadamente no mensionas que tipo de crédito ES te sugiero por seguridad negarle el acceso a cualquier persona a tu vivienda o dar información de tus posesiones sin la presentación de una orden judicial expedida por un juez buena suerte
Los adeudos de tarjeta de crédito son INCOBRABLES, es decir el banco no tiene manera de cobrar tales créditos pues no existe un procedimiento legal para tales efectos, para el Banco es imposible demandar a nadie por una adeudo de tarjeta de crédito, esto obedece a lo siguiente: En México a las personas con adeudos económicos que no pagan, efectivamente se les puede demandar ante un Juez Mercantil y embargarles bienes suficientes para garantizar el pago de lo adeudado, no obstante para que esto suceda, el crédito debe estar contenido en un documento de los que la “Ley General de TÃtulos y Operaciones de Crédito” señala de forma exclusiva, estos documentos son los conocidos como “PAGARÃS”, excluyendo a cualquier otro documento que no sea un pagaré, si no firmaste un pagaré al banco por el dinero del que dispusiste con su tarjeta de crédito, sencillamente el banco no lo puede demandar, pues la mayorÃa de transacciones son vÃa electrónica, o mediante la firma de un documento denominado, “BOUCHER”, muchas personas creen que estos “BOUCHERS” son pagarés, pero es falso, pues la propia “Ley General de TÃtulos y Operaciones de Crédito” en su artÃculo 170 señala las caracterÃsticas que un documento debe contener en su texto y formato para ser un “PAGARÔ, dichos elementos son:
La mención de ser “Pagaré” inserta en el texto del documento;
La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero;
El nombre de la persona a quien a de hacerse el pago;
La época y lugar de pago;
La fecha y el lugar en que se suscriba el documento;
La firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre.
o sea que no te podran cobrar, lo unico que si te tienes que aguantar y mandar a volar son las miles de llamadas intimidantes que te haran los LATOSISIMOS del departamento de cobranza, recibiras amenazas y te trataran de intimidar de mil maneras, solo hay que ignorar, ya que via legal no te hacen NADA.
y ya nos les pagues a esos ratas !!!!!!!