altex es un programa de formento a las exportaciones que promueve la secretaria de economia en mexico, el cual consiste en apoyar a las empresas ALTamente Exportadoras (ALTEX) en la simplificacion de tramites administrativos relacionados con su operacion de comercio exterior, ya que al ser empresas altamente exportadoras realizan operaciones de comercio exterior con mucha frecuencia (por eso son consideradas altex), sus tramites se agilizan porque generalmente su informacion esta actualizada. para mas informacion consulta la secretaria de economia http://www.economia.gob.mx/
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Con la finalidad de incrementar la actividad exportadora de las empresas productoras establecidas en el país, el Gobierno de la República ha establecido diversos programas de apoyo a las exportaciones en materia fiscal y administrativa.
El programa de Empresas Altamente Exportadoras (ALTEX), que fue establecido en 1990, ha sido un instrumento eficaz en la eliminación de obstáculos administrativos a favor del sector industrial, lo cual ha beneficiado no sólo en la simplificación de trámites, sino en mayor liquidez para este sector de la economía mexicana.
Derivado de la concertación entre la Secretaría de Economía y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y que es considerado como uno de los logros más importantes para este programa, es que las empresas ALTEX obtienen la devolución de saldos a favor del IVA por concepto de exportaciones en un plazo aproximado de 5 días hábiles. Adicionalmente, este programa ofrece otros beneficios, dentro de los cuales se encuentra el acceso gratuito al Sistema de Información Comercial administrado por esta Secretaría.
Aspectos generales
Definición:
El programa de Empresas Altamente Exportadoras (ALTEX) es un instrumento de promoción a las exportaciones de productos mexicanos, destinado a apoyar su operación mediante facilidades administrativas y fiscales.
Beneficiarios:
1.
Las personas físicas o morales establecidas en el país productoras de mercancías no petroleras que demuestren exportaciones directas por un valor de dos millones de dólares o equivalentes al 40 por ciento de sus ventas totales, en el período de un año.
2.
Las personas físicas o morales establecidas en el país productoras de mercancías no petroleras que demuestren exportaciones indirectas anuales equivalentes al 50 por ciento de sus ventas totales.
3.
Las empresas de comercio exterior (ECEX), con registro vigente expedido por esta Secretaría.
4.
Los exportadores directos e indirectos podrán cumplir con el requisito de exportación del 40 por ciento o dos millones de dólares, sumando los dos tipos de exportación. Para tal efecto, de las exportaciones indirectas únicamente se considerará el 80 por ciento de su valor.
Beneficios:
1.
Devolución de saldos a favor del IVA, en un término aproximado de cinco días hábiles.
2.
Acceso gratuito al Sistema de Información Comercial administrado por la SE.
3.
Exención del requisito de segunda revisión de las mercancías de exportación en la aduana de salida cuando éstas hayan sido previamente despachadas en una aduana interior.
4.
Facultad para nombrar a un apoderado aduanal para varias aduanas y diversos productos.
5.
Para gozar de dichos beneficios, los usuarios de este programa deberán presentar, ante las Dependencias de la Administración Pública Federal correspondientes, una copia de la Constancia ALTEX expedida por esta Secretaría y, en su caso, la ratificación de vigencia.
Vigencia:
La constancia ALTEX (documento que acredita a los titulares de este programa) tiene una vigencia indefinida siempre que su titular presente en tiempo su reporte anual y se cumpla con los requisitos y compromisos previstos.
Compromisos:
Demostrar que cumplen con los requisitos mínimos de exportación, y
Presentar oportuna y puntualmente su reporte anual de operaciones de comercio exterior.
Reportes:
Los titulares de Constancias ALTEX están obligados a presentar un reporte anual de sus operaciones de comercio exterior a través de la página de Internet de la Secretaría, a más tardar en el mes de mayo de cada año y entregar copia a la Administración Local de Auditoría Fiscal o de Grandes Contribuyentes, ambas de la SHCP que le corresponda.
Normatividad:
Decreto para el Fomento y Operación de las Empresas Altamente Exportadoras y sus reformas, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 3 de mayo de 1990, el 17 de mayo de 1991 y el 11 de mayo de 1995.
1.
Ley Aduanera y su Reglamento.
2.
Ley del Impuesto al Valor Agregado y su Reglamento.
3.
Código Fiscal de la Federación y sus reformas.
4.
Ley Federal de Procedimiento Administrativo y su Reglamento.
5.
Reglamento Interior de la Secretaría de Economía.
6. Acuerdo Delegatorio de Facultades de la Secretaría de Economía.
7. Acuerdo por el que se determinan las atribuciones, funciones, organización y circunscripción de las delegaciones y subdelegaciones federales y oficina de servicios de la Secretaría de Economía.
Trámites
Los trámites relativos a este programa deberán ser presentados de 9:00 a 14:00 horas en la ventanilla de atención al público en las Delegaciones y Subdelegaciones de esta Secretaría, según corresponda al domicilio de la planta en donde se lleve a cabo el proceso productivo.
En caso de que la empresa cuente con varias plantas, la presentará en la oficina de su elección, siempre que corresponda a alguna de sus plantas. Cualquier trámite subsecuente deberá realizarse ante la oficina en la que se presentó la solicitud.
Los interesados podrán realizar los trámites siguientes:
A) Registro de empresa altamente exportadora:
La solicitud debe ser llenada en el programa ALTEX.EXE y deberá presentarse en disco magnético y acompañarse de una impresión en original y copia. El programa ALTEX.EXE puede obtenerse en el apartado de DISCOS DE CAPTURA de esta página o directamente en las ventanillas de atención al público, presentando un disco magnéticos de 3.5” de alta densidad donde se le cargará el programa.
Adicionalmente, se presentará:
Persona Moral:
1.
Acta Constitutiva o su modificación y Poder Notarial correspondiente (original o copia certificada y copia simple); o exhibir copia del Registro Único de Personas Acreditadas (RUPA) o indicar al momento de su presentación la clave del RFC de la persona inscrita en el registro.
Persona Física:
1.
Poder Notarial del Representante Legal, en su caso, (original o copia certificada y copia simple); o exhibir copia del Registro Único de Personas Acreditadas (RUPA) o indicar al momento de su presentación el número de la Clave Única de Registro de Población (CURP) de la persona inscrita en el registro.
2.
Descripción del proceso productivo de las mercancías de exportación (copia simple).
Para ambos casos:
1.
Registro Federal de Contribuyentes (copia).
2.
Última declaración anual de impuestos, o estados financieros auditados o proforma firmada con la leyenda “Bajo Protesta de Decir Verdad”.
3.
Las empresas que trabajen bajo un esquema de mercancías en consignación, es decir, que no sean dueños de los insumos con los que producen los artículos objeto de esta autorización, deberán adicionar una columna en la relación de exportación que contenga el valor agregado (facturación real en el periodo) que se le dio a la mercancía en el país.
B) Modificación del Programa
Modificaciones, tales como: cambio de razón social de la empresa, cambio o adición de representante legal, adición de productos de exportación y cambio de domicilio fiscal.
La solicitud se presenta en escrito libre y deberá estar firmada por el representante legal de la empresa.
Para cambio de razón social, fusión o escisión:
1.
Escritura pública, donde conste dicha modificación, debidamente protocolizada e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio que corresponda.
2.
Registro Federal de Contribuyentes.
Para la adición de productos de exportación:
1.
Lista de los productos de exportación que se requieran adicionar al registro.
C) Reporte Anual de Operaciones
Este trámite lo deben realizar las empresas que se encuentren inscritas en el Registro de Empresas Altamente Exportadoras, a fin de conservar su registro. Se presenta en la página internet de la Secretaría de Economía: http://www.economia.gob.mx/conoce-la-se/procesos-a... a más tardar en el mes de mayo de cada año.
Las operaciones que se reportan son las realizadas en el año inmediato anterior, independientemente de que haya sido el año en que se otorgó el programa.
D) Cancelación
Este trámite lo pueden presentar las empresas inscritas en el Registro de Empresas Altamente Exportadoras, que deseen dejar sin efecto su inscripción.
La solicitud se presenta en escrito libre, el cual deberá indicar el número de registro ALTEX, motivo que origina la solicitud de cancelación y deberá estar firmada por el representante legal de la empresa.
1.
Procedimiento de los trámites
Una vez que la empresa cuenta con la solicitud correspondiente, deberá presentarla en original y copia anexando la documentación complementaria, según corresponda, en las ventanillas citadas.
La copia de la solicitud será sellada y servirá de comprobante para recoger el oficio resolutivo que se emitirá en un plazo máximo establecido según el trámite.
En caso de que la solicitud no fuese correctamente requisitado o careciera de alguna documentación, la Secretaría emitirá y entregará al interesado un oficio que establecerá los requerimientos de información para proseguir el dictamen del trámite.
En caso de que la solicitud sea aprobada, la Delegación o Subdelegación Federal de la SE emitirá y entregará al interesado el oficio de autorización de Constancia ALTEX.
Si la solicitud no fue bien llenada o carece de alguna documentación, la Delegación o Subdelegación Federal de la SE emitirán y entregarán al interesado un oficio resolutivo que establece los requerimientos de información para proseguir el dictamen de la solicitud o señalará, en su caso, las razones por las que se negó la solicitud.
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El programa de Empresas Altamente Exportadoras (ALTEX), que fue establecido en 1990, ha sido un instrumento eficaz en la eliminación de obstáculos administrativos a favor del sector industrial, lo cual ha beneficiado no sólo en la simplificación de trámites, sino en mayor liquidez para este sector de la economía mexicana.
Derivado de la concertación entre la Secretaría de Economía y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y que es considerado como uno de los logros más importantes para este programa, es que las empresas ALTEX obtienen la devolución de saldos a favor del IVA por concepto de exportaciones en un plazo aproximado de 5 días hábiles. Adicionalmente, este programa ofrece otros beneficios, dentro de los cuales se encuentra el acceso gratuito al Sistema de Información Comercial administrado por esta Secretaría.
Aspectos generales
Definición:
El programa de Empresas Altamente Exportadoras (ALTEX) es un instrumento de promoción a las exportaciones de productos mexicanos, destinado a apoyar su operación mediante facilidades administrativas y fiscales.
Beneficiarios:
1.
Las personas físicas o morales establecidas en el país productoras de mercancías no petroleras que demuestren exportaciones directas por un valor de dos millones de dólares o equivalentes al 40 por ciento de sus ventas totales, en el período de un año.
2.
Las personas físicas o morales establecidas en el país productoras de mercancías no petroleras que demuestren exportaciones indirectas anuales equivalentes al 50 por ciento de sus ventas totales.
3.
Las empresas de comercio exterior (ECEX), con registro vigente expedido por esta Secretaría.
4.
Los exportadores directos e indirectos podrán cumplir con el requisito de exportación del 40 por ciento o dos millones de dólares, sumando los dos tipos de exportación. Para tal efecto, de las exportaciones indirectas únicamente se considerará el 80 por ciento de su valor.
Beneficios:
1.
Devolución de saldos a favor del IVA, en un término aproximado de cinco días hábiles.
2.
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4.
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5.
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Normatividad:
Decreto para el Fomento y Operación de las Empresas Altamente Exportadoras y sus reformas, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 3 de mayo de 1990, el 17 de mayo de 1991 y el 11 de mayo de 1995.
1.
Ley Aduanera y su Reglamento.
2.
Ley del Impuesto al Valor Agregado y su Reglamento.
3.
Código Fiscal de la Federación y sus reformas.
4.
Ley Federal de Procedimiento Administrativo y su Reglamento.
5.
Reglamento Interior de la Secretaría de Economía.
6. Acuerdo Delegatorio de Facultades de la Secretaría de Economía.
7. Acuerdo por el que se determinan las atribuciones, funciones, organización y circunscripción de las delegaciones y subdelegaciones federales y oficina de servicios de la Secretaría de Economía.
Trámites
Los trámites relativos a este programa deberán ser presentados de 9:00 a 14:00 horas en la ventanilla de atención al público en las Delegaciones y Subdelegaciones de esta Secretaría, según corresponda al domicilio de la planta en donde se lleve a cabo el proceso productivo.
En caso de que la empresa cuente con varias plantas, la presentará en la oficina de su elección, siempre que corresponda a alguna de sus plantas. Cualquier trámite subsecuente deberá realizarse ante la oficina en la que se presentó la solicitud.
Los interesados podrán realizar los trámites siguientes:
A) Registro de empresa altamente exportadora:
La solicitud debe ser llenada en el programa ALTEX.EXE y deberá presentarse en disco magnético y acompañarse de una impresión en original y copia. El programa ALTEX.EXE puede obtenerse en el apartado de DISCOS DE CAPTURA de esta página o directamente en las ventanillas de atención al público, presentando un disco magnéticos de 3.5” de alta densidad donde se le cargará el programa.
Adicionalmente, se presentará:
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1.
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Persona Física:
1.
Poder Notarial del Representante Legal, en su caso, (original o copia certificada y copia simple); o exhibir copia del Registro Único de Personas Acreditadas (RUPA) o indicar al momento de su presentación el número de la Clave Única de Registro de Población (CURP) de la persona inscrita en el registro.
2.
Descripción del proceso productivo de las mercancías de exportación (copia simple).
Para ambos casos:
1.
Registro Federal de Contribuyentes (copia).
2.
Última declaración anual de impuestos, o estados financieros auditados o proforma firmada con la leyenda “Bajo Protesta de Decir Verdad”.
3.
Las empresas que trabajen bajo un esquema de mercancías en consignación, es decir, que no sean dueños de los insumos con los que producen los artículos objeto de esta autorización, deberán adicionar una columna en la relación de exportación que contenga el valor agregado (facturación real en el periodo) que se le dio a la mercancía en el país.
B) Modificación del Programa
Modificaciones, tales como: cambio de razón social de la empresa, cambio o adición de representante legal, adición de productos de exportación y cambio de domicilio fiscal.
La solicitud se presenta en escrito libre y deberá estar firmada por el representante legal de la empresa.
Para cambio de razón social, fusión o escisión:
1.
Escritura pública, donde conste dicha modificación, debidamente protocolizada e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio que corresponda.
2.
Registro Federal de Contribuyentes.
Para la adición de productos de exportación:
1.
Lista de los productos de exportación que se requieran adicionar al registro.
C) Reporte Anual de Operaciones
Este trámite lo deben realizar las empresas que se encuentren inscritas en el Registro de Empresas Altamente Exportadoras, a fin de conservar su registro. Se presenta en la página internet de la Secretaría de Economía: http://www.economia.gob.mx/conoce-la-se/procesos-a... a más tardar en el mes de mayo de cada año.
Las operaciones que se reportan son las realizadas en el año inmediato anterior, independientemente de que haya sido el año en que se otorgó el programa.
D) Cancelación
Este trámite lo pueden presentar las empresas inscritas en el Registro de Empresas Altamente Exportadoras, que deseen dejar sin efecto su inscripción.
La solicitud se presenta en escrito libre, el cual deberá indicar el número de registro ALTEX, motivo que origina la solicitud de cancelación y deberá estar firmada por el representante legal de la empresa.
1.
Procedimiento de los trámites
Una vez que la empresa cuenta con la solicitud correspondiente, deberá presentarla en original y copia anexando la documentación complementaria, según corresponda, en las ventanillas citadas.
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En caso de que la solicitud no fuese correctamente requisitado o careciera de alguna documentación, la Secretaría emitirá y entregará al interesado un oficio que establecerá los requerimientos de información para proseguir el dictamen del trámite.
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Si la solicitud no fue bien llenada o carece de alguna documentación, la Delegación o Subdelegación Federal de la SE emitirán y entregarán al interesado un oficio resolutivo que establece los requerimientos de información para proseguir el dictamen de la solicitud o señalará, en su caso, las razones por las que se negó la solicitud.