En 1835 Rosas dicta la Ley de Aduanas proteccionista (contraria al tratado aperturista de 1825) que varias legislaturas provinciales le agradecieron. Se impusieron aranceles diferenciales según los productos se produjeran acá o no, artículos de lujo o no. Esto dio impulso a las industrias del interior, a los vinos, los textiles y hasta los astilleros de corrientes, y las telas inglesas le costaba competir con los ponchos nativos. Hasta se llegó a exportar cuero curtido de cabra que la legislatura francesa prohibió porque eran de mejor calidad que las suyas. (justamente los franceses, que están en el club que nos quieren convencer del libre comercio).
El dictado de Ley de aduana de 1835 y la expropiación del Banco dominado por los ingleses (1836) desencadenan las agresiones anglo-francesas por el libre comercio y la libre navegación de los ríos para vender sus mercaderías en el interior, que Rosas resistió eficientemente, venciendo a las dos mayores potencias de la época, que hasta debieron desagraviar el pabellón nacional con la salva de 21 cañonazos. Claro que Rosas tenía un arma mortal contra los ingleses: los atacó en su “víscera más sensible”, el bolsillo, negándose a pagarle a los bonoleros ingleses mientras no se levantara el bloqueo del Río de La Plata. El bloqueo mismo funcionó como una aduana, impidiendo el ingreso de mercaderías y favoreciendo la industria local, que tomó impulso.
La protesta generalizada contra el liberalismo económico tuvo amplio eco en la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires. Fue entonces que el gobernador de Buenos Aires, Juan Manuel de Rosas, se decidió por la instauración definitiva del proteccionismo económico. El 18 de diciembre de 1835, después de 25 años de aplicación radical del libre comercio, se sanciona la Ley de Aduanas. En sus puntos más importantes la Ley de Aduana establece: “la protección a los talleres de herrería, platería, lomillería y talabarte-ría, prohibiendo la importación de manufacturas de hierro, hojalata, latón… gravando con derechos del 24% al 35% ciertos artículos de cuero, plata, cobre y estaño. También protege a las carpinterías… a las zapaterías, gravando con un 35% la introducción de zapatos. A la tejedurías, prohibiendo la importación de ponchos, ceñidores, flecos, ligas y fajas, de lana o algodón y gravando con un 24% la introducción de cordones de hilo, lana y algodón y con un 35% las ropas hechas, frazadas y mantas de lana… Las sillas de montar sufren un recargo del 50%. El azúcar es aforado con un 24%, los alcoholes con un 35% y la sidra y la cerveza con 35% y 50% respectivamente… Las exportaciones son gravadas con un módico 4%... No pagan impuestos los productos pecuarios uruguayos… Tampoco la producción chilena que viniera por tierra. La marina mercante nacional era beneficiada, no cobrándose impuestos a la exportación de carne salada transportada en barcos de bandera argentina” (José María Rosa). La conversión de Rosas al proteccionismo se define “sin cortapisas”. En el mensaje del 31 de diciembre del año 1835, refiriéndose a la nueva ley, sostiene: “largo tiempo hacía que la agricultura y la naciente industria fabril del país se resentían de la falta de protección, y que la clase media de nuestra población, que por cortedad de sus capitales no puede entrar en empleos de ganadería, carecía de gran estímulo al trabajo que producen las fundadas esperanzas de adquirir con él medios de descanso en la ancianidad y de fomento de sus hijos. El gobierno ha tomado este asunto en consideración, y notando que la agricultura e industria extranjera impiden esas útiles esperanzas, sin que por ello reporten ventajas en la forma y calidad... ha publicado la Ley de Aduanas” ( José María Rosa).
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En 1835 Rosas dicta la Ley de Aduanas proteccionista (contraria al tratado aperturista de 1825) que varias legislaturas provinciales le agradecieron. Se impusieron aranceles diferenciales según los productos se produjeran acá o no, artículos de lujo o no. Esto dio impulso a las industrias del interior, a los vinos, los textiles y hasta los astilleros de corrientes, y las telas inglesas le costaba competir con los ponchos nativos. Hasta se llegó a exportar cuero curtido de cabra que la legislatura francesa prohibió porque eran de mejor calidad que las suyas. (justamente los franceses, que están en el club que nos quieren convencer del libre comercio).
El dictado de Ley de aduana de 1835 y la expropiación del Banco dominado por los ingleses (1836) desencadenan las agresiones anglo-francesas por el libre comercio y la libre navegación de los ríos para vender sus mercaderías en el interior, que Rosas resistió eficientemente, venciendo a las dos mayores potencias de la época, que hasta debieron desagraviar el pabellón nacional con la salva de 21 cañonazos. Claro que Rosas tenía un arma mortal contra los ingleses: los atacó en su “víscera más sensible”, el bolsillo, negándose a pagarle a los bonoleros ingleses mientras no se levantara el bloqueo del Río de La Plata. El bloqueo mismo funcionó como una aduana, impidiendo el ingreso de mercaderías y favoreciendo la industria local, que tomó impulso.
La protesta generalizada contra el liberalismo económico tuvo amplio eco en la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires. Fue entonces que el gobernador de Buenos Aires, Juan Manuel de Rosas, se decidió por la instauración definitiva del proteccionismo económico. El 18 de diciembre de 1835, después de 25 años de aplicación radical del libre comercio, se sanciona la Ley de Aduanas. En sus puntos más importantes la Ley de Aduana establece: “la protección a los talleres de herrería, platería, lomillería y talabarte-ría, prohibiendo la importación de manufacturas de hierro, hojalata, latón… gravando con derechos del 24% al 35% ciertos artículos de cuero, plata, cobre y estaño. También protege a las carpinterías… a las zapaterías, gravando con un 35% la introducción de zapatos. A la tejedurías, prohibiendo la importación de ponchos, ceñidores, flecos, ligas y fajas, de lana o algodón y gravando con un 24% la introducción de cordones de hilo, lana y algodón y con un 35% las ropas hechas, frazadas y mantas de lana… Las sillas de montar sufren un recargo del 50%. El azúcar es aforado con un 24%, los alcoholes con un 35% y la sidra y la cerveza con 35% y 50% respectivamente… Las exportaciones son gravadas con un módico 4%... No pagan impuestos los productos pecuarios uruguayos… Tampoco la producción chilena que viniera por tierra. La marina mercante nacional era beneficiada, no cobrándose impuestos a la exportación de carne salada transportada en barcos de bandera argentina” (José María Rosa). La conversión de Rosas al proteccionismo se define “sin cortapisas”. En el mensaje del 31 de diciembre del año 1835, refiriéndose a la nueva ley, sostiene: “largo tiempo hacía que la agricultura y la naciente industria fabril del país se resentían de la falta de protección, y que la clase media de nuestra población, que por cortedad de sus capitales no puede entrar en empleos de ganadería, carecía de gran estímulo al trabajo que producen las fundadas esperanzas de adquirir con él medios de descanso en la ancianidad y de fomento de sus hijos. El gobierno ha tomado este asunto en consideración, y notando que la agricultura e industria extranjera impiden esas útiles esperanzas, sin que por ello reporten ventajas en la forma y calidad... ha publicado la Ley de Aduanas” ( José María Rosa).