DEBÃS FIRMAR porque como toda propiedad o bien adquirido DESPUÃS de casados, es un BIEN GANANCIAL (aunque no figure tu nombre en el tÃtulo automotor)., lo mismo serÃa si tu marido vende un departamento o casa adquirido estando ya casado con vos, aunque no figures en la escritura.
O que necedad de las mujes con eso de que bienes mancomunados..
en mi caso compre el auto ya estando casados y depues lo vendi, el auto estaba a mi nombre.
y lo vendi por que en mi trabajo habia una vieja buenissima y pues le dije cuanto??
y pues vendi mi auto tuve el dinero y me eche unos saltos que jamas olvidare..
Aunque mi vieja hizo berrinche como no sabe nada de autos le dije que el auto ya estaba en la ultimas por eso urgia venderlo solo le entregue menos de la mitad.
Despues compramos otro.. y ya dejo de estar c hi n ga n do.
depende de a nombre de quien esta el auto, si esta a nombre de el solo el debe firmar, si esta a nombre tuyo solo tu debes hacerlo, y si esta a nombre de los dos deben firmar reglamentariamente los dos
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En Argentina la esposa debe prestar conformidad a la venta.-
Si es en argentina, si debes firmar, porque es un bien de la sociedad conyugal registrable y asi lo dispone a ley registral de automotores, esté a nombre de quien esté. solo importa si el que comopró estaba casado en ese momento y si lo estaba tiene que venir el conyuge a firmar, caso contrario no se puede transferir.-
Si es en otro paÃs, habrÃa que ver que dice la ley de automotores, pero no sbemos a qué paÃs te refieres.-
en teorÃa si, soy abogado de México DF y área metropolitana te puedo ayudar [email protected]
DEBÃS FIRMAR porque como toda propiedad o bien adquirido DESPUÃS de casados, es un BIEN GANANCIAL (aunque no figure tu nombre en el tÃtulo automotor)., lo mismo serÃa si tu marido vende un departamento o casa adquirido estando ya casado con vos, aunque no figures en la escritura.
En veinte años, cambié dos veces de automóvil (usados) y como fueron comprados estando casado, tuve que ir con mi esposa para que firme la autorización de venta al registro del automotor.
Como te dije antes, aunque lo haya comprado tu esposo, es un BIEN GANANCIAL de la sociedad conyugal.
Lo que opinaron que no, no saben un pomo.
En Argentina si, debes firmar pues el auto es de los dos.
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En Argentina DEBEN firmar, el 08, ambos cónyuges para que la venta sea válida.
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O que necedad de las mujes con eso de que bienes mancomunados..
en mi caso compre el auto ya estando casados y depues lo vendi, el auto estaba a mi nombre.
y lo vendi por que en mi trabajo habia una vieja buenissima y pues le dije cuanto??
y pues vendi mi auto tuve el dinero y me eche unos saltos que jamas olvidare..
Aunque mi vieja hizo berrinche como no sabe nada de autos le dije que el auto ya estaba en la ultimas por eso urgia venderlo solo le entregue menos de la mitad.
Despues compramos otro.. y ya dejo de estar c hi n ga n do.
Si el auto esta a nombre tuyo si no le das la firma no lo puede vender pero si esta a nombre de el solo basta con su firma y el auto se puede vender.
depende , si el titulo, del carro esta a nombre de los dos ,
si esta a nombre de el solo , no la necesita•
depende de a nombre de quien esta el auto, si esta a nombre de el solo el debe firmar, si esta a nombre tuyo solo tu debes hacerlo, y si esta a nombre de los dos deben firmar reglamentariamente los dos