Es una dependencia del Poder Ejecutivo y se encarga de lo siguiente:
Promover, propiciar y asegurar la coordinación de acciones en el exterior de las dependencias y entidades de la administración pública federal;
Dirigir el servicio exterior en sus aspectos diplomático y consular en los términos de la Ley del Servicio Exterior Mexicano
Coadyuvar a la promoción comercial y turística del país
Intervenir en lo relativo a comisiones, congresos, conferencias y exposiciones internacionales
Conceder a los extranjeros las licencias y autorizaciones que requieran conforme a las leyes para adquirir el dominio de las tierras, aguas y sus accesiones en la República Mexicana; obtener concesiones y celebrar contratos, intervenir en la explotación de recursos naturales o para invertir o participar en sociedades mexicanas civiles o mercantiles
Intervenir, por conducto del Procurador General de la República, en la extradición
Legalizar las firmas de los documentos que deban producir efectos en el extranjero y de los documentos extranjeros que deban producirlos en la República.
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Es una dependencia del Poder Ejecutivo y se encarga de lo siguiente:
Promover, propiciar y asegurar la coordinación de acciones en el exterior de las dependencias y entidades de la administración pública federal;
Dirigir el servicio exterior en sus aspectos diplomático y consular en los términos de la Ley del Servicio Exterior Mexicano
Coadyuvar a la promoción comercial y turística del país
Intervenir en lo relativo a comisiones, congresos, conferencias y exposiciones internacionales
Conceder a los extranjeros las licencias y autorizaciones que requieran conforme a las leyes para adquirir el dominio de las tierras, aguas y sus accesiones en la República Mexicana; obtener concesiones y celebrar contratos, intervenir en la explotación de recursos naturales o para invertir o participar en sociedades mexicanas civiles o mercantiles
Intervenir, por conducto del Procurador General de la República, en la extradición
Legalizar las firmas de los documentos que deban producir efectos en el extranjero y de los documentos extranjeros que deban producirlos en la República.
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