Tengo problemas para determinar el factor de actualización según el INCP de adquisición y el ultimo mes de la primera mitad del ejercicio.
por favor si me pudieran indicar cuales son las primeras mitades del ejercicio en caso de haber adquirido los bienes dentro del propio ejercicio.
Ejemplo
para enero cual es el ultimo mes de la primera mitad
para febrero
para marzo
y asi sucesivamente hasta diciembre
Como le hacen para determinar estos meses.
muchas gracias por su información,
como que aquí perdí la noción y cálculo de estos períodos.
muchas gracias, por favor estoy atorado en esto.
atte
clopez
Copyright © 2024 Q2A.MX - All rights reserved.
Answers & Comments
Verified answer
Hola:
Tratare de que la respuesta a tu sea ententible para ti.
Cuando un bien es adquirido en el transcurso del ejercicio en la depreciacion se debe considerar PERIODOS como te marca en la ley de ISR como acontinuacion te indico:
1.- Cuando se tratan de periodos PARES se toma el ultimo mes de la primera mitad. Ejemplo 12 meses :
enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre.
el ultimo mes de la primera mitad es JUNIO.
2.- Cuando se trata de periodos IMPAR se toma el mes inmediato anterior de la mitad del ejercicio. Ejemplo 11 meses :
febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre.
el mes de Julio es la mitad pero en la ley menciona que tiene que ser el inmediato anterior por lo tanto es JUNIO.
Ademas, te menciono que el periodo se toma apartir de la adquisicion del bien ya sea que en el mes de Enero del 2009 se haya adquirido y apartir de ahi se considera el periodo, por lo tanto el factor quedaria asi INPC JUNIO 2009/INPC ENERO 2009 = 1.XXXXX (factor) y eso se multiplica a la depreciacion.
Espero que esto sea de utilidad. SUERTE.
muy sencillo amiga,,,,muy sencillo..mira:
el art. 37. seccion II "de las inversiones" te dice,,Parrafo 7 y 8,,"los contribuyentes ajustarán la deducción determinada en los términos de los parrafos primero y sexto de este articulo, multiplicándola por el factor de actualizacion correspondiente al periodo comprendido desde el mes en que se adquirio el bien y hasta el último mes de la primera mitad del periodo en el que el bien haya sido utilizado durante el ejercicio por el q se efectue la deduccion.
ahora bien cuando son son pares los meses no hay tanto problema porque de nada mas divides 12 entre 2 y te sale es,,,es decir q junio es el mes de la primera mitad del periodo en el q el bien se haya sido utilizado....
el problema surge cuando son impares los meses, "cuando sea impar el numero de meses comprendidos en el periodo en el q el bien haya sido utilizado en el ejercicio, se considerara como ultimo mes de la primera mitad de dicho periodo el mes inmediato anterior al q corresponda la mitad del periodo.
ose a q utilizaste 11 meses el bien lo divides entre 2....5.5 eliminas el .5 y cuantas cinco meses y ese mes utilizas el INPC.