Si te refieres a los "Vales de Caja", definitivamente no son deducibles, ya qu eno cumplen con los requisitos que se establecen en el Codigo Fiscal, si te refieres a otros "comprobantes azules", desconozco cuales sean...
Es sencillo, revisa en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, los requisitos de las deducciones, y verás que los papeles de los que haces mención no reunen dichos requisitos, que establece el Art. 29-A del Código Fiscal de la Federación.
No son deducibles. La deducibilidad la da la factura y en este caso el vale azul no es una factura. Una factura debe tener RFC (un cuadrito que da la SHCP al que expide la factura y normalmente la ponen en miniatura al final de la factura).
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Si te refieres a los "Vales de Caja", definitivamente no son deducibles, ya qu eno cumplen con los requisitos que se establecen en el Codigo Fiscal, si te refieres a otros "comprobantes azules", desconozco cuales sean...
CP Y MI ALEJANDRO ESPARZA
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no son deducibles porque no cumplen con los rwquisitos fiscales que enmarla la ley del ISR
Hola !!!
Es sencillo, revisa en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, los requisitos de las deducciones, y verás que los papeles de los que haces mención no reunen dichos requisitos, que establece el Art. 29-A del Código Fiscal de la Federación.
EXITO
No son deducibles. La deducibilidad la da la factura y en este caso el vale azul no es una factura. Una factura debe tener RFC (un cuadrito que da la SHCP al que expide la factura y normalmente la ponen en miniatura al final de la factura).