En la iglesia católica, prelado es un superior eclesiástico de categoría inmediatamente inferior a la de papa, y consejero de éste en los asuntos graves de la Iglesia.
Prelado, etimológicamente, resulta ser una derivación del término latino "praelatus", literalmente el primero o el que antecede; a su vez el término es una derivación en participio pasivo del vocablo "praefero", significando principal o preferido (se puede apreciar la relación entre praefero y preferido sin mucha explicación de por medio). Algunos filólogos relacionan el término "prelado" mayormente al vocablo "praesul", que tiene la significación de ser principal, oficiante, danzante, obispo, aunque esta asociación, para los especialistas, no resulta clara al resultar muerto el uso del término tempranamente, antes de que "prelado" se generalizara durante la Edad Media.
El término comenzó a ser usado en su acepción más o menos actual aparentemente alrededor del siglo XII, resultando posteriormente en los usos "Prelatura" o "Prelacía". Tal uso era relativo a las autoridades tanto eclesiásticas como civiles. Posteriormente el uso devino en hacer referencia exclusivamente al oficio eclesiástico de los obispos y arzobispos, como al grupo de personajes eclesiásticos que pertenecen a una determinada prelacía (prelatura) ejerciendo jurisdicción o autoridad, lo cual es el uso más actual de la palabra, aunque en una cierta cantidad de casos, su uso se ha generalizado designando así también al conjunto de párrocos que pertenecen a una determinada prelacía (prelatura), sin ser este el uso corriente. Prelacía (Prelatura) es, a su vez, la jurisdicción territorial o de cargo que posee un sacerdote por encomienda eclesiástica dentro del universo católico.
Espero que esta respuesta sea de ayuda para resolver tu pregunta.
Una prelatura territorial es una parte de la Iglesia (en la terminología canónica, "una porción del Pueblo de Dios"), delimitada territorialmente, cuya atención se encomienda por especiales circunstancias, a un Prelado que la rige como su pastor propio, del mismo modo que el Obispo diocesano.
Una prelatura personal es una institución a la que la Santa Sede encomienda una determinada tarea que no queda circunscrita a un territorio particular, razón por la que en este caso la prelatura se denomina personal y no territorial. Con la prelatura personal se pueden vincular laicos: en ese caso, la potestad del prelado se extiende a cuanto se refiere a la peculiar misión de la prelatura, mientras que en todo lo demás los laicos dependen del obispo diocesano, que sigue siendo su pastor propio.
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En la iglesia católica, prelado es un superior eclesiástico de categoría inmediatamente inferior a la de papa, y consejero de éste en los asuntos graves de la Iglesia.
Prelado, etimológicamente, resulta ser una derivación del término latino "praelatus", literalmente el primero o el que antecede; a su vez el término es una derivación en participio pasivo del vocablo "praefero", significando principal o preferido (se puede apreciar la relación entre praefero y preferido sin mucha explicación de por medio). Algunos filólogos relacionan el término "prelado" mayormente al vocablo "praesul", que tiene la significación de ser principal, oficiante, danzante, obispo, aunque esta asociación, para los especialistas, no resulta clara al resultar muerto el uso del término tempranamente, antes de que "prelado" se generalizara durante la Edad Media.
El término comenzó a ser usado en su acepción más o menos actual aparentemente alrededor del siglo XII, resultando posteriormente en los usos "Prelatura" o "Prelacía". Tal uso era relativo a las autoridades tanto eclesiásticas como civiles. Posteriormente el uso devino en hacer referencia exclusivamente al oficio eclesiástico de los obispos y arzobispos, como al grupo de personajes eclesiásticos que pertenecen a una determinada prelacía (prelatura) ejerciendo jurisdicción o autoridad, lo cual es el uso más actual de la palabra, aunque en una cierta cantidad de casos, su uso se ha generalizado designando así también al conjunto de párrocos que pertenecen a una determinada prelacía (prelatura), sin ser este el uso corriente. Prelacía (Prelatura) es, a su vez, la jurisdicción territorial o de cargo que posee un sacerdote por encomienda eclesiástica dentro del universo católico.
Espero que esta respuesta sea de ayuda para resolver tu pregunta.
Saludos. :)
Sinonimo de pelado vulgar.
que eres bien leprero...
o sea que dices muchas groserias..
jajaja
salduos...
Una prelatura territorial es una parte de la Iglesia (en la terminología canónica, "una porción del Pueblo de Dios"), delimitada territorialmente, cuya atención se encomienda por especiales circunstancias, a un Prelado que la rige como su pastor propio, del mismo modo que el Obispo diocesano.
Una prelatura personal es una institución a la que la Santa Sede encomienda una determinada tarea que no queda circunscrita a un territorio particular, razón por la que en este caso la prelatura se denomina personal y no territorial. Con la prelatura personal se pueden vincular laicos: en ese caso, la potestad del prelado se extiende a cuanto se refiere a la peculiar misión de la prelatura, mientras que en todo lo demás los laicos dependen del obispo diocesano, que sigue siendo su pastor propio.
superior eclesiastico constituido en una de las dignidades de la iglesia, como obispo arzobispo etc.
Nombre que se le da al astuto vividor de los demás que por su talento escala jerarquías. No confundir con pelado o preñado, aunque sea un abusador.
El que ha quedado sin prelos en la cabeza.
y bueno algo de humor...
Delincuente religioso